Bioquímica y Sanidad

Pasantías

En el ámbito de la Facultad y de la Universidad, los estudiantes tenemos la posibilidad de complementar nuestra formación académica, a través de actividades que nos permiten relacionarnos en el medio en cual estaremos como futuros profesionales.

Estas actividades son de dos tipos, las Pasantías Externas y el Sistema de Formación Extracurricular.

PASANTIAS EXTERNAS
Las Pasantías Externas son la extensión del sistema educativo en el ámbito de empresas u organismos públicos o privados, en los cuales los alumnos realizarán residencias programadas u otras formas de prácticas supervisadas relacionadas con su formación y especialización, llevadas a cabo bajo la organización y control de las unidades educativas que lo integran y a las que aquellos pertenecen, según las características y condiciones que se fijan en convenios bilaterales estipulados en la Ley Nacional de Pasantias Educativas (Ley Nº 25.165)

SISTEMA DE FORMACIÓN EXTRACURRICULAR
El Sistema de Formación Extracurricular (Pasantías) permite que los alumnos de la Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas y de la Escuela Superior de Sanidad puedan formarse y participar en tareas de docencia, investigación y desarrollo, o extensión, en Cátedras, Departamentos, Centros, Institutos y otras Dependencias de la Facultad.

¿Tienen algún marco jurídico?
Las pasantías están reguladas por la Ley n° 26.427.

  Ley de pasantías (67.2 KiB, 250 hits)

¿Qué relación jurídica se crea entre el Pasante y la Empresa o Institución?
Las pasantías NO generan relación jurídica alguna con la Empresa o Institución donde el Pasante realiza su práctica.

¿Dónde se llevan a cabo las prácticas?
En las instalaciones de la Empresa o Institución, las cua­les deben reunir las condiciones de seguridad e higiene prescriptas legalmente para salvaguardar la salud psicofísica de los pasantes.

¿Cómo y quién elige al estudiante?
Una vez que se recibe, en la Secretaría de Extensión o en la Unidad Académica la solicitud de pasantía, se abre la inscripción de aspirantes y se publicita la convocatoria durante 5 días hábiles.
La preselección de los estudiantes la realiza la Universidad de acuerdo al perfil solicitado. Una vez realizada esta pre­selección se comunica el orden de méritos a la Empresa o Institución para que ésta realice la selección definitiva. En todos los casos de convenio de pasantía es la entidad convocante la que decide quiénes ocuparán los lugares.

¿Se percibe alguna retribución por la actividad realizada?
El pasante percibirá, durante el transcurso de la actividad, una retribución por parte de la Empresa o Institución que tiene el carácter asignación estímulo para viáticos y gastos escolares y NO es REMUNERACIÓN, por lo que no se realizan aportes ni retenciones.
La Empresa o Institución abonará mensualmente a LA UNIVERSIDAD para gastos de gestión, tutoría docente y administración un 10% sobre la asignación percibida por cada pasante. Esta suma no podrá ser en ningún caso menor a $ 20 (veinte pesos).